Si la empresa no te ha pagado lo que te corresponde, puedes reclamar las cantidades adeudadas. Entre las más habituales:
Nóminas atrasadas o impagadas.
Horas extraordinarias no abonadas.
Pagas extraordinarias.
Pluses y complementos previstos en el convenio colectivo.
Diferencias salariales por categoría profesional o por una aplicación incorrecta del convenio.
Finiquito y vacaciones no disfrutadas.
Indemnizaciones pendientes de pago.
Plazo: un año
Las cantidades salariales pueden reclamarse durante un año desde el día en que debieron pagarse. Cada mes que pasa puede perderse el derecho a reclamar las cantidades más antiguas, así que es importante no dejarlo para más adelante.
Cómo se reclama
Normalmente empezamos con una reclamación a la empresa. Si no paga, presentamos la papeleta de conciliación y, después, la demanda ante el Juzgado de lo Social.
Si la empresa es insolvente o está en concurso, tramitamos la solicitud ante el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) para el cobro de salarios e indemnizaciones pendientes, cuando se cumplen los requisitos legales para su intervención.
ACTÚA CON RAPIDEZ
Guarda nóminas y registros de jornada
Las nóminas, el contrato, el registro horario y los mensajes con la empresa son la prueba principal de lo que te deben.