La empresa puede modificar condiciones esenciales del contrato cuando existen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, siempre que siga el procedimiento legal. Puede afectar, entre otras, a:
La jornada de trabajo.
El horario y la distribución del tiempo de trabajo.
El régimen de trabajo a turnos.
El sistema de remuneración y la cuantía salarial.
El sistema de trabajo y rendimiento.
Las funciones.
Qué puedes hacer
Aceptar la modificación.
Impugnarla ante el Juzgado de lo Social si no está justificada o no se ha seguido el procedimiento.
En determinados supuestos, si la modificación te perjudica, solicitar la extinción del contrato con indemnización.
El plazo para impugnar es de 20 días hábiles desde la notificación, por lo que conviene revisar tu caso cuanto antes.
Traslados y movilidad
También te asesoramos en traslados y desplazamientos que exigen cambio de residencia, y en los cambios de funciones dentro de la empresa.
ACTÚA CON RAPIDEZ
Pide la comunicación por escrito
La empresa debe notificar la modificación por escrito y con antelación. Desde esa notificación empieza a correr el plazo para impugnarla.