GUÍA PARA SOLICITAR LA ADAPTACIÓN DE JORNADA POR MOTIVOS DE CONCILIACIÓN FAMILIAR Y LABORAL A TU EMPRESA 🧑‍🧑‍🧒‍🧒

En el contexto actual de transformación del mercado laboral en España, la adaptación de la jornada laboral por motivos de conciliación familiar se ha convertido en un derecho clave para los trabajadores. Este derecho permite a los empleados solicitar modificaciones en su horario de trabajo para compatibilizar sus responsabilidades profesionales con las familiares, sin que ello implique una reducción salarial.​

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Los trabajadores y las trabajadoras tienen derecho a solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia (teletrabajo), con el fin de poder hacer efectivo el derecho a la conciliación familiar y laboral, tal y como dispone el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, sin que ello suponga una reducción salarial.

Las solicitudes de adaptación de jornada dirigidas a las empresas, deben ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades y circunstancias de la persona trabajadora junto con las necesidades organizativas o productivas de la empresa.

En caso de tener hijos, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que cumplan 12 años de edad. Igualmente, pueden disfrutar de este derecho las personas que tengan necesidades de cuidado respecto de hijos mayores de 12 años, del cónyuge o pareja de hecho, o de familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, o de otras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismas.

Una vez presentada la solicitud, la empresa deberá abrir un proceso de negociación durante 15 días.

Si en ese plazo no se recibe ninguna contestación ni se expone una negativa justificada por escrito, se entiende que la solicitud ha sido aceptada de forma automática.

Si tras abierto e intentado el proceso de negociación de 15 días con la empresa, la alternativa propuesta a la solicitud planteada por el trabajador/a no le convence, puede acudir a los Juzgados de lo Social interponiendo una demanda mediante un proceso urgente y preferente, sin necesidad de conciliación previa.

Además, junto al escrito de demanda, podrás reclamar una indemnización por daños y perjuicios si puedes demostrar que la falta de respuesta te ha generado un perjuicio (personal, familiar, económico).

  • Guarda una copia fechada de la solicitud enviada a la empresa (email, burofax, registro, etc.).
  • Si pasan los 15 días y no has obtenido respuesta, acude a un abogado/a laboralista para interponer demanda ante la Jurisdicción Social.

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