El administrador puede llegar a responder con su patrimonio personal de las deudas sociales, frente a la sociedad, a los socios y a los acreedores. Los supuestos más frecuentes son la falta de promoción de la disolución cuando concurre causa legal y la actuación contraria a los deberes de diligencia y lealtad.
Cómo te ayudamos
Actuamos tanto en la defensa del administrador como en el ejercicio de la acción, analizando la conducta imputada, su relación con el daño y los plazos aplicables.
ACTÚA CON RAPIDEZ
Revisa los plazos
En estas acciones los plazos y el momento en que surgió la causa de disolución son decisivos. Consúltanos en cuanto recibas una reclamación.