¿EL PERMISO PARENTAL DE 8 SEMANAS ES RETRIBUIDO? REQUISITOS, PLAZOS Y CÓMO SOLICITARLO

Los derechos de conciliación familiar y laboral han tomado en la actualidad una relevancia importante en ámbito de las relaciones laborales.


En concreto, el permiso parental retribuido de ocho semanas regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, ha cobrado protagonismo tras el fallo de una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Cuenca, en el cual se le reconoció a una trabajadora su derecho a disfrutar de este permiso remunerado para el cuidado de su hijo menor de ocho años.


Este permiso retribuido, tiene como finalidad poder dedicar tiempo al cuidado de los menores durante ocho semanas, que, suponiendo una mejora en materia de conciliación familiar y laboral entre los trabajadores, hasta que cumplan la edad de ocho años.
Detalles de la sentencia


La sentencia, con fecha de resolución el 27 de enero de 2025, se basa en la Directiva Europea (UE) 2019/1158, que establece medidas para promover la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores. A pesar de que España todavía no ha transpuesto completamente esta directiva, la jueza consideró que sus disposiciones son «incondicionales, suficientemente claras y precisas», y que el permiso parental debe ser retribuido.
Como resultado, la Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Cuenca, que había denegado inicialmente el permiso retribuido a la trabajadora, fue condenada a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales derivados de la privación del permiso con salario.


Conforme a la normativa vigente, los requisitos que se deben cumplir para disfrutar del permiso parental son los siguientes:

– Ser madre o padre, independientemente de si la filiación es por nacimiento, adopción o acogimiento.


– Tener hijos o hijas menores de ocho años: Este permiso puede disfrutarse hasta que los menores cumplan ocho años de edad.


– Tener un contrato laboral en vigor: no se hace distinción por tipo de contrato, pueden solicitarlo tanto aquellos trabajadores y trabajadoras que tengan contrato indefinido, temporal o a tiempo parcial.


La solicitud del permiso a la empresa se puede realizar desde el momento del nacimiento, adopción, o acogimiento del menor. Aunque la normativa no especifica un plazo exacto, es aconsejable hacerlo con al menos 15 días de antelación.
La manera correcta de solicitar este permiso es siempre por escrito, adjuntando la documentación necesaria que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa laboral, como puede ser por ejemplo el libro de familia, entre otros.


Implicaciones a futuro
Esta sentencia firme sienta un precedente en el reconocimiento del permiso parental retribuido en España. Aunque la directiva europea establece este derecho, su aplicación efectiva en el país ha sido limitada debido a la falta de desarrollo reglamentario. Se espera que este fallo impulse a las instituciones competentes a adaptar la legislación nacional para garantizar este derecho a todas las personas trabajadoras.


En Molpeceres Abogados, estamos comprometidos en asesorar y apoyar a nuestros clientes en materia de derechos laborales y de conciliación familiar. Si necesita más información o asistencia legal sobre este tema, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo de expertos.

Scroll al inicio