Es una cantidad que la entidad cobra de una sola vez al conceder el préstamo, normalmente como un porcentaje del capital. Su validez depende de que se informara adecuadamente al cliente sobre su existencia e importe y de que responda a un servicio efectivamente prestado y no a un cargo automático.
Cuándo se puede reclamar
Cuando ese control de transparencia no se supera, la cláusula puede ser declarada nula y la entidad debe devolver el importe cobrado con sus intereses. Para estudiar el caso basta con el contrato de préstamo y el justificante del cobro.
También revisamos las comisiones de apertura superiores al 3 % en financiaciones de bienes de consumo, algo habitual por ejemplo en la compra de coches.
Antes de ir a juicio
Antes de acudir a los tribunales conviene dirigir una reclamación al servicio de atención al cliente de la entidad. En parte de los casos se resuelve así, sin coste ni espera, y en el resto deja documentado el intento previo.
ACTÚA CON RAPIDEZ
Busca el contrato y el justificante
Con el contrato de préstamo y el justificante del cobro podemos decirte desde el principio si la reclamación tiene recorrido.